¿Qué se puede hacer por la zona del Santiago Bernabéu? Habiendo estacionado cerca del Santiago Bernabéu te resultará muy cómodo poder visitarlo. El estadio ofrece un tour por sus instalaciones y por el museo que alberga, entre otros objetos, las copas y trofeos que ha ganado el Real Madrid a lo largo de su historia.
- Adyacente a la parte posterior del estadio se ubica la tienda oficial del club;
- El cercano paseo de la Castellana es famoso por sus rascacielos y por sus grandes almacenes y centros comerciales;
- Es un importante eje comercial por donde poder ir de tiendas;
Encontrarás muchas marcas nacionales e internacionales de moda y complementos así como tiendas de lujo. A pocos minutos del Bernabéu está el Auditorio Nacional de Música. Es la sede de la Orquestra Nacional de España y con sus tres salas ofrece conciertos de música clásica y actuaciones de coros.
¿Dónde puedo aparcar cerca del estadio Santiago Bernabéu? Estacionando en Parking Saba Estación Tren Madrid – Nuevos Ministerios , estarás a pocos minutos del Santiago Bernabéu. Además, al lado tiene la estación de cercanías y de metro de Nuevos Ministerios.
El aparcamiento permanece abierto las 24 horas del día todas las semanas y para mayor tranquilidad dispone de un sistema de cámaras de seguridad. La entrada y la salida cuentan con VIA T. Asimismo, hay plazas reservadas para personas con movilidad reducida.
Al no haber limitación de altura, podrás aparcar cómodamente tu furgoneta si vienes a Madrid. Para que te sea más fácil aparcar, en la entrada tienes un panel que indica si quedan plazas libres. La dirección del parking es: Raimundo Fernández Villaverde esquina Paseo de la Castellana 77 28046, Madrid.
Para más información sobre nuestros precios, horarios y servicios puedes consultar el mapa o las fichas de parkings de Saba de nuestra página web.
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¿Dónde aparcar gratis en Santiago Bernabéu?
Dónde aparcar en Madrid gratis – A continuación, te detallamos dónde puedes aparcar en Madrid gratis
- Cruzando el río Manzanares, al otro lado de la M-30, hay una zona donde aparcar gratis y suele haber plazas libres. Es muy recomendable si vas a visitar lugares como la Casa de Campo.
- En Paseo de Extremadura
- En la Ciudad Universitaria, cerca de la estación de metro Moncloa, del Parque Oeste de Chamberí.
- En la calle Alcalá, aunque en este punto, al ser tan céntrico y emblemático, es casi imposible encontrar una plaza libre.
- En el descampado de Legazpi, alejada del centro pero bien conectada mediante el metro. Está muy cerca la parada de Legazpi.
- En la calle Méndez Álvaro, cerca de Atocha y del edificio Repsol, existe una zona pavimentada libre de parquímetros.
- En el barrio del Pilar hay un parking gratuito de cien plazas junto al polideportivo Vicente del Bosque.
- En la zona de Usera, cerca del centro, próxima al centro, hay varias calles donde se puede aparcar gratis.
- En el barrio de Chamartín, cerca del estadio Santiago Bernabéu, hay una calle privada y cerrada al público en donde se puede aparcar gratis. Es la calle Crevillente.
¿Cómo se puede aparcar en Madrid?
¿Quién puede aparcar en Madrid centro?
Los aparcamientos El Ayuntamiento establece que pueden acceder a Madrid Central todos los vehículos con etiqueta ambiental que aparquen en un aparcamiento (independientemente sea turismo, motocicleta o industrial), ya sea de uso público o privado o reserva de estacionamiento no dotacional.
¿Dónde no se puede aparcar en Madrid?
En otras palabras, los conductores con coches sin la etiqueta ambiental de la DGT tipo B, C, ECO o Cero Emisiones, ya no podrán estacionar en la zona azul y la zona verde de la capital.
¿Dónde aparcar fuera de la m30?
En la frontera de la M-30 – Fuera del anillo de la M-30, todo estacionamiento callejero es gratuito. Una buena opción para aparcar cerca de sus límites es la ribera del río Manzanares. También puedes dejar tu coche en el Paseo de Extremadura o en el Barrio de Usera , donde varias vías carecen de zonas tarifarias.
¿Cuándo se puede aparcar gratis en Madrid?
¿Cuándo es gratis aparcar en Madrid? – Si quieres aparcar gratis en Madrid, eso es, sin poner parquímetro, tendrás que dejar el vehículo entre las 21h y las 09h del día siguient e. Si es fin de semana estarás de suerte, por que el horario gratuito es a partir de las 15h del sábado hasta las 09h del lunes.
Recordad que cualquier día de diario tendrás que pagar obligatoriamente el estacionamiento regulado de 09am-21pm y los sábados de 09am a 15pm. También acordaos que durante todo el mes de agosto (de lunes a sábado, no festivos) el Estacionamiento Regulado será obligatorio sólo de 9h a 15h.
Para más información sobre el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) puedes entrar en el enlace oficial del Ayuntamiento de Madrid. Qué ver en Madrid en un día.
¿Cómo aparcar en Madrid con etiqueta CERO?
Según la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid, ‘los titulares de vehículo clasificados como Cero Emisiones en el Registro de Vehículos de la DGT, no precisan de autorización para estacionar en las plazas verdes y azules del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
¿Qué pasa si entras en Madrid Central sin pegatina?
Desde este lunes, los accesos no autorizados al interior de la M-30 detectados por los agentes de movilidad y los dispositivos foto-rojo serán denunciados y sancionados con una multa de 200 euros por infracción grave de tráfico (100 euros si la multa se paga en los 20 días naturales siguientes a su notificación, lo que.
¿Cómo entrar en Madrid Central sin multa?
Si entras a Madrid Central con un coche En caso de no tener pegatina, serás multado salvo que seas un residente. Si tienes pegatinas B o C, tendrás que meterte en un parking lo antes posible. Y si tienes el distintivo ECO o CERO podrás acceder sin ningún problema.
¿Cómo saber si puedo aparcar en Madrid Central?
¿Dónde puedo aparcar en Madrid Central? Las pegatinas B y C podrán aparcar en Madrid Central única y exclusivamente en parkings públicos y privados (no en zona verde o azul) mientras que las pegatinas CERO no tendrán ningún problema para aparcar o circular por Madrid Central.
¿Cuánto tiempo tienes que estar en un parking Madrid Central?
La sancin es de 90 euros Actualizado Viernes, 15 marzo 2019 – 02:08 Este sbado, el Ayuntamiento de Madrid comienza a sancionar a los vehculos que circulen por la zona sin autorizacin. Madrid Central: Descubre cmo puedes acceder con tu vehculo MAITE VAQUERO La hora de la verdad ha llegado.
Las restricciones al trfico en Madrid Central son una realidad este sbado, cuando el Ayuntamiento de Madrid comienza a sancionar a aquellos conductores que circulen por la zona sin autorizacin. Aqu, todos las claves para conocer quin puede entrar y de qu forma para evitar la temida multa.
Qu es Madrid Central? Es una zona de bajas emisiones con restriccin al trfico que comprende casi todo el distrito Centro, en concreto, 472 hectreas que agrupan las cuatro reas de prioridad residencial que haba hasta la fecha (Letras, Cortes, Embajadores y pera) ms los barrios de Justicia y Universidad.
- El proyecto, que comenz a funcionar el 30 de noviembre, pretende eliminar el trfico de paso en el centro de la ciudad con el fin de disminuir los niveles de contaminacin;
- Qu calles delimitan la zona? Por el Norte, est cercado por las calles Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta y Gnova; por el Este, el paseo del Prado y Recoletos; por el Sur, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo y Ronda de Segovia; y por el Oeste, Serrano Jover, Princesa, Plaza Espaa y Bailn;
Qu conductores podrn acceder? Los residentes, los no empadronados que tengan una vivienda o un garaje en propiedad en Centro, las personas con movilidad reducida, los servicios de seguridad y emergencias. Pueden acceder pero en horario restringido los alumnos de centros educativos, los trabajadores nocturnos, los vehculos comerciales e industriales y los de suministros de agua luz, gas y telfono, as como mensajeros, repartidores, camiones de mudanzas, gras o coches fnebres.
Tambin tendrn permiso vehculos de limpieza, taxistas, VTC, autobuses pblicos y vehculos con matrcula extranjera o diplomtica. Y si no pertenezo a ninguno de esos colectivos, no podr entrar con mi vehculo? S, y depender de lo contaminante que sea su coche.
Los vehculos con etiqueta ambiental Cero emisiones pueden circular y estacionar en la zona SER sin restriccin horaria, los ECO pueden entrar y estacionar en la zona SER en horario regulado un mximo de 2 horas y los vehculos con etiqueta C o B pueden acceder nicamente para aparcar en un prking de uso pblico, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional.
Si su vehculo no tiene etiqueta porque es muy antiguo, no puede acceder. Y si la tiene pero no la lleva puesta, tampoco (puede adquirirla en Correos). Esta ventaja slo la tienen los vehculos descritos en el punto anterior, aunque hay un calendario previsto para ir prohibiendo progresivamente el trfico a los coches ms contaminantes.
Puede invitarme un familiar o un amigo residente? S, los residentes en el distrito Centro tienen hasta 20 invitaciones al mes para amigos o familiares, independientemente de la etiqueta de su coche e incluso si no tiene (esto ltimo slo se permite hasta finales de este ao).
- El acceso es vlido para un da;
- Los residentes tienen que darse de alta en la base de datos de Madrid Central para tramitar esos permisos;
- Y si tengo un negocio? Puede acceder con su turismo si va a aparcar en un prking o en una plaza de garaje y siempre y cuando tenga etiqueta;
Si cuenta con un vehculo industrial, puede acceder en funcin de la masa mxima autorizada del vehculo, el periodo y la categora ambiental en unas franjas horarias concretas. Los propietarios de negocios en el Centro tambin cuentan con 20 invitaciones al mes para clientes o proveedores que funcionan igual que los de los residentes.
Qu ocurrir si aparco en la calle sin permiso o cruzo Madrid Central sin entrar en un prking? Hasta la fecha, en los dos meses que Madrid Central ha estado en pruebas, se han enviado comunicaciones sin multa a las personas que accedieran con vehculos sin autorizacin.
Pero desde este sbado 16 de marzo, el Ayuntamiento de Madrid multa con 90 euros a los vehculos que entren sin permiso, aunque la pena se puede reducir hasta la mitad por pronto pago. Si quiero aparcar en un prking, cmo puedo saber si hay plazas libres? El Gobierno de Manuela Carmena instalar unas pantallas en las que se informar del nmero de plazas disponibles en cada uno de los prking de uso pblico.
- El problema es que hasta mayo no estarn disponibles y, por el momento, se desconoce si tambin darn informacin de los prking privados;
- Si quiere asegurarse plaza, siempre puede reservar una en las diferentes app de los prking pblicos;
Tenga en cuenta que si entra y sale de la zona sin estacionar, el Ayuntamiento proceder a sancionarle. Y Cmo comprobar el Ayuntamiento que he quebrantado la norma? 115 cmaras instaladas a lo largo de todo el permetro en las entradas y salidas toman nota de las matrculas que acceden a la zona.
Las matrculas se cotejan con las que tienen permiso y las que entran en un prking. Y se podr acceder a Madrid Central con un coche de alquiler por minutos? S, los vehculos de arrendamiento de corta duracin de carsharing o motosharing tienen permiso para circular y estacionar en la zona.
Y las motos? Si tienen etiqueta C o B pueden acceder desde las 7 h hasta las 22 h. A partir de las 22 h, podr salir de la zona, pero no entrar. Slo puede acceder las 24 hora si estaciona en un prking y tiene etiqueta. Si no dispone de ella, puede estacionar en un garaje particular hasta el 31 de diciembre. Conforme a los criterios de The Trust Project Saber más
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¿Cómo saber si mi coche puede entrar en Madrid Central?
Nuevas zonas de bajas emisiones Madrid 360 – El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una nueva ordenanza sobre Madrid Central, que regula la movilidad en algunas zonas de la capital bajo la marca Madrid 360. La propuesta introduce nuevas medidas y amplía la cantidad de vehículos que pueden acceder al denominado nuevo ‘Distrito Centro’, que mantiene los mismos límites que Madrid Central y añade además una nueva zona de bajas emisiones en Plaza Elíptica.
Esta zona restringe el acceso a los vehículos que no tengan una etiqueta pasados tres meses desde la publicación de la ordenanza. Esta medida no afecta a los residentes, que pueden circular sin restricciones.
La norma general es que a las nuevas zonas declaradas de bajas emisiones en Madrid no pueden entrar los coches que no tengan derecho a la etiqueta ambiental de la DGT. Solamente pueden entrar si, a fecha de 1 de enero de 2022, están domiciliados en Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT o figuran en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- En estos supuestos pueden circular hasta el 31 de diciembre de 2024 de manera progresiva;
- En cuanto a las zonas de Especial Protección de Distrito Centro, solamente pueden acceder los vehículos con etiqueta CERO y ECO;
Mientras que los coches con etiqueta B o C pueden acceder a esta zona, siempre y cuando sea para estacionar en aparcamientos públicos, como las zonas de estacionamiento verde y azul de la ciudad o en garajes. La nueva ordenanza relativa a las emisiones del Distrito Centro de Madrid implica tres cambios principales: 1. En cuanto a los vehículos sin etiqueta medioambiental , tanto de residentes como de los que no lo son:
- Desde el 1 de mayo de 2022 queda prohibido el acceso de coches sin etiqueta medioambiental de personas no residentes al Distrito Centro de Madrid, delimitado por la M-30. Esta nueva fecha es resultado de la prórroga ampliada por el Ayuntamiento de la capital. Si no se producen más ampliaciones, desde este primero de mayo se establecerá la prohibición con la correspondiente multa a todos los coches sin etiqueta que entren en esta zona o en Plaza Elíptica.
- A partir del 1 de enero de 2023 se prohíbe el acceso al Distrito Centro de Madrid, marcado por los límites de la M-30 a las personas residentes, pero sí pueden circular por la M-30. Por el contrario, los no residentes sin etiqueta ya no podrán circular por esta carretera.
- Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibida la entrada a todos los vehículos sin etiqueta de no residentes a todo el municipio de Madrid. Los vehículos de residentes sí podrán entrar al municipio, pero no circular por la M-30. Por último, a partir de 2025 no podrá entrar en la capital ningún vehículo que no tenga etiqueta medioambiental, sea o no residente.
2. Otra de las medidas concluye que los comerciantes ubicados en la zona centro podrán acceder con sus vehículos aunque no tengan etiqueta medioambiental (coches con altas emisiones). Pueden acceder hasta tres vehículos por local ubicado dentro de los límites de este Distrito Centro.
Saltarse esta prohibición supone multas de 200 euros. Los camiones de más de 3,5 toneladas con una etiqueta medioambiental B podrán circular hasta el 1 de enero de 2023, un año más de lo previsto inicialmente.
Con esta nueva propuesta, Madrid Central pasa a convertirse en una Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección. Los modelos de vehículos, de residentes o no, con etiquetas B y C si podrán seguir entrando si estacionan en aparcamientos públicos o privados.
- Al igual que sucedió con la aprobación de Madrid Central, se establece un periodo de dos meses informativo en los que no se multará a los vehículos que cometan infracciones captadas por las cámaras, pero sí enviarán cartas para informar a los usuarios;
Aunque los conductores sí pueden recibir multas en este periodo si un agente de movilidad o Policía detecta que ha cometido una infracción en la zona. Zona delimitada distrito centro, antiguo Madrid Central La zona de bajas emisiones de especial protección de distrito centro, antiguo Madrid central, comprende el distrito centro casi al completo.
¿Qué coches pueden entrar en Madrid dentro de la M-30?
Los conductores de coches que sí tienen etiquetas, ya sea B o C, sí podrán circular por dentro de la M30, exceptuando la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección del Distrito Centro, anteriormente denominado, Madrid Central.
¿Quién puede aparcar en Madrid?
El Servicio de Estacionamiento Regulado ( SER ) tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos. Horario del Servicio de Estacionamiento Regulado ( SER) :
- Lunes a viernes, no festivos: de 9 a 21 horas.
- Sábados: de 9 a 15 horas.
- Mes de agosto (de lunes a sábado, no festivos): de 9 a 15 horas.
- Los días 24 y 31 de diciembre: de 9 a 15 horas.
- Domingos y festivos: Sin servicio.
El Ámbito territorial, denominado Área del Servicio de Estacionamiento Regulado (Área SER ), se subdivide en barrios. Plazas y Ámbitos Diferenciados del Servicio de Estacionamiento Regulado ( SER). Existen diferentes tipos de plazas, verdes, azules, mixtas y de alta rotación, así como se contemplan dos Ámbitos Diferenciados, para uso disuasorio y para uso por motivos socio-sanitarios. También puede consultar el conjunto de datos abiertos “Zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado SER” Plazas verdes:
- Los usuarios con autorización de residente pueden estacionar sin límite de tiempo dentro de su barrio. En la vía delimitadora de un barrio con otro, pueden estacionar en las plazas verdes de ambas aceras.
- El resto de usuarios pueden estacionar durante un tiempo máximo de dos horas. Alcanzado este máximo, no se puede volver a estacionar en el mismo barrio hasta que no haya transcurrido una hora desde la hora de fin del estacionamiento.
Plazas azules:
- Cualquier usuario puede estacionar un tiempo máximo de cuatro horas. En las vías delimitadoras entre barrios, puede estacionar en ambas aceras siempre que haya abonado el importe correspondiente al color de la plaza. Alcanzado este máximo, no se puede volver a estacionar en el mismo barrio hasta que no haya transcurrido una hora desde la hora de fin del estacionamiento.
- Los usuarios con autorización de residente pueden estacionar de 20 a 21 horas dentro de su barrio. En la vía delimitadora de un barrio con otro, pueden estacionar en las plazas azules de ambas aceras en ese horario.
Plazas de alta rotación:
- Cualquier usuario puede estacionar siempre que el vehículo disponga de distintivo ambiental, previo pago de la tarifa correspondiente a las plazas de alta rotación y sin perjuicio de las exclusiones a la limitación de la duración del estacionamiento y al pago de la tasa. El hecho de ser titular de una autorización SER de residente o vehículo comercial no exonera del pago. Salvo ordenación específica mediante señalización vertical, el tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de cuarenta y cinco minutos, que una vez cumplido impedirá estacionar en plazas de alta rotación del mismo barrio hasta que hayan transcurrido treinta minutos desde el momento en que finalizara la autorización.
Ámbito Diferenciado Disuasorio (ADD):
- Plazas del SER ubicadas en espacios de baja ocupación residencial o rotacional, preferiblemente en las proximidades de intercambiadores de transporte o estaciones de transporte público colectivo, para favorecer el intercambio modal, disuadir del uso del vehículo privado y potenciar el uso del transporte público colectivo regular de viajeros. Las plazas están señalizadas horizontalmente mediante línea discontinua de colores naranja y azul alternos. Se le aplica una tarifa de 0,5 € hora y no hay rotación (se puede estacionar de forma continuada durante las 12 horas del servicio con abono de un único tique).
Consulte en la documentación asociada los planos con la delimitación de las diferentes tipologías y ámbitos. Si se rebasara el límite de tiempo autorizado de estacionamiento en tiempo inferior a treinta minutos se podrá suplementar el pago por el exceso, considerándose en tal caso un estacionamiento válido, evitando con ello la infracción.
En la actualidad existen varios Ámbitos Diferenciados Disuasorios: en el entorno del Paseo del Rey, en el Parque del Oeste y en la Cuesta de la Vega.
Ámbito Diferenciado Hospitalario (ADHOS):
- Por motivos socio-sanitarios se destinan a dicho uso determinadas plazas del SER ubicadas en las proximidades de los hospitales. Se le aplica una tarifa que va de los 0,05 € por 5 minutos hasta los 2,75 € por 4 horas, que es el tiempo máximo de estacionamiento en dicho ADHOS. Se señalizarán horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores rojo y blanco alternos.
¿Dónde pueden aparcar los residentes en Madrid?
Tramitación en línea de la Renovación Anual La tramitación en línea de la Renovación Anual se realiza a través del enlace de ‘Renovación Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)’ disponible en el apartado de ‘Tramitar en línea’. Los pasos para realizar la renovación en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE), la matrícula del vehículo y el código de la autorización (RES-XXXXXX, si el código tiene menos de seis dígitos, completar con ceros).
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización que va a renovar, figurando en el estado que está ‘pendiente de pago’.
- Para realizar el pago de la renovación, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta , con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar , con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar. Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: en la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono : llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 915 298 210).
Tramitación en línea del alta de autorización anual La tramitación en línea del alta de la autorización anual se realiza a través del enlace de ‘Alta nueva autorización del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)’ del apartado ‘Tramitar en línea’. Los pasos para realizar el alta de la autorización en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Alta de autorización de vehículo para residentes introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE) y la matrícula del vehículo.
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá un formulario que tendrá que completar introduciendo el correo electrónico y el periodo de tiempo para el que solicita la autorización.
- Al pulsar el botón de Confirmar, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). En ella aparecerán los datos de la autorización que va a dar de alta, entre los cuales figura el código de la autorización (RES-XXXXXX) que necesitará para cualquier consulta o trámite posterior que desee realizar a través de Internet o del teléfono 010-Línea Madrid.
- Para realizar el pago de la autorización, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta, con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar, con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar. Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: En la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono: Llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 915 298 210).
Tramitación en línea de la renovación mensual La tramitación en línea de la renovación mensual se realiza a través del enlace de ‘Renovación mensual del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)’ disponible en el apartado de ‘Tramitar en línea’. Los pasos para realizar la renovación en línea son los siguientes:
- En la pantalla de Consulta y gestión de autorizaciones introduzca su número de identificación personal (DNI, NIE), la matrícula del vehículo y el código de la autorización (RES-XXXXXX, si el código tiene menos de seis dígitos, completar con ceros).
- Si los datos introducidos son correctos, se abrirá la pantalla de Detalle de autorización SER. En ella aparecerán los datos de la autorización que va a renovar, figurando en el estado que está ‘pendiente de pago’.
- Para realizar el pago de la renovación, seleccione en el apartado de Acciones de Autorización pendiente de pago la opción de Pagar ahora con tarjeta , con la que conectará a la pasarela de pagos de la entidad bancaria para realizar el pago en línea.
- Dentro de la pasarela de pagos de la entidad bancaria, una vez haya realizado el pago correctamente, pulse el botón de Continuar que aparece en la parte inferior de la pantalla, y se abrirá otra pantalla con el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.
- En la pantalla donde aparece el justificante de pago de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid pulse el botón de Terminar , con el que se activará la autorización.
Asimismo, recibirá una comunicación por correo electrónico de que su autorización ha sido activada. Mientras la autorización no esté activada, no podrá estacionar. Si no recibe el correo electrónico comunicando la activación de la autorización, puede consultar si ha sido activada identificándose con el código de la autorización (RES-XXXXXX) a través de los siguientes canales:
- En línea: en la opción de Consulta y gestión de autorizaciones.
- Por teléfono : llamando al teléfono 010-Línea Madrid (marcando 010 desde nuestra ciudad o bien 915 298 210).
Autorización de vehículo adicional Se otorga una única autorización por residente y vehículo. Si el residente desea solicitar una autorización para un vehículo adicional, tendrá que vincularlo a su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro de Parejas de Hecho, o a un pariente en primer grado de consanguineidad (ascendientes o descendientes del titular de la autorización), siempre y cuando esté empadronado en el mismo domicilio, tenga permiso de conducción y no tenga autorización propia de residente.
Aunque la autorización del vehículo adicional se vincule a un familiar, el titular de la autorización es el residente, no el familiar, y el régimen aplicable es el mismo que el del vehículo principal. La tasa a abonar es la misma, y la autorización habilita para estacionar dentro del barrio sin límite de tiempo en las plazas verdes y en horario de 20.
00 a 21. 00 horas en las plazas azules. En la vía delimitadora de un barrio con otro, se permite estacionar en ambas aceras. Incompatibilidad con titularidad de plaza de aparcamiento de residentes (PAR) El cesionario o titular del derecho de uso de una plaza de aparcamiento de residentes (PAR) no puede obtener una autorización de residente si la plaza está ubicada en el mismo barrio del Área SER para el que se solicita la autorización. Están excepcionados de esta incompatibilidad los siguientes supuestos:
- Tener cumplidos setenta años de edad en el momento de la solicitud de la autorización de residente.
- Disponer de más de un vehículo a motor en cuyo caso, el residente tiene que designar cual de ellos queda vinculado a la plaza PAR, pudiendo obtener la autorización para los otros vehículos como autorización de vehículo adicional (vinculando cada autorización a un familiar que cumpla los requisitos exigidos).
Cambio de barrio o vehículo de la autorización El residente debe solicitar el cambio de barrio de la autorización, mediante actualización de la autorización, cuando cambie su domicilio de empadronamiento sin necesidad de abonar una nueva tasa. También puede solicitar el cambio del vehículo actualizando la autorización, sin necesidad de abonar una nueva tasa. Uno de los trámites que es posible realizar en línea es el de recuperación del vehículo original tras el alta de un vehículo de sustitución. (En el siguiente enlace: Colsulta y gestión de autorizaciones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER ), mediante su RES-XXXXXX y la matrícula actual) Cambio de titular de vehículo a nombre del heredero por fallecimiento del titular de la autorización
- En el caso de heredero de vehículo por fallecimiento del titular de una autorización SER se realizará un cambio de titular de la autorización SER para el periodo que se encuentre abonado, siempre cuando cumpla los requisitos y aporte la documentación exigida.
Vehículo cero emisiones Los vehículos cero emisiones estan excluidos de la limitación de estacionamiento, por lo tanto pueden estacionar el el (SER) sin necesidad de autorización. Vehículo con matrícula extranjera En el caso del vehículo con matrícula extranjera, la autorización de residente sólo se puede solicitar por un plazo máximo de seis meses, salvo que el residente acredite la exención de la obligación de matriculación del vehículo en España.
Vehículos de sustitución Las autorizaciones de vehículos de sustitución tendrán una duración máxima de 2 meses desde el día de su concesión, prorrogables previa solicitud expresa y justificada de que se mantiene la situación que determinó la sustitución del vehículo.
Dicha solicitud deberá realizarse, en la Oficina de Gestión de Autorizaciones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), sito en la calle Bustamante, 16, planta baja. En caso de no realizarse esta solicitud expresa, pasado este periodo de 2 meses se dará de baja la autorización del vehículo de sustitución, realizándose automáticamente el cambio de la autorización al vehículo original.
¿Dónde aparcar en Madrid un domingo?
Zona azul en Madrid los domingos y festivos A partir de las 15 h del sábado y hasta las 09:00 h del lunes, el aparcamiento en la Zona de Estacionamiento Regulado (zona SER) es gratuito y lo mismo pasa los días festivos.